La SCJN avala la penalización del uso de inteligencia artificial para crear contenidos sexuales
Escrito por Hits el febrero 22, 2025
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En una histórica decisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, por primera vez, la penalización del uso de inteligencia artificial (IA) para la creación y difusión de contenidos sexuales sin el consentimiento de la víctima. El fallo, con una mayoría de 9 votos contra 1, respalda una reforma al Código Penal de Sinaloa que, desde febrero de 2024, ha añadido a los delitos de violación a la intimidad sexual el uso de herramientas de IA para manipular imágenes, audios y videos sexuales. Esta práctica, conocida como «deepfake», se sanciona con penas de 3 a 6 años de prisión.
La reforma había sido impugnada por el Poder Ejecutivo Federal, bajo la argumentación de que el artículo 185 Bis C del Código Penal de Sinaloa no definía con claridad el concepto de inteligencia artificial, lo que, según la Consejería Jurídica de la Presidencia, violaba los principios de seguridad jurídica. A pesar de esta objeción, la mayoría de los ministros de la Corte consideró que, aunque la definición de IA no es técnica ni universalmente aceptada, no es imprecisa en el contexto de la violación a la intimidad sexual. El ministro Juan Luis González Alcántara, quien presentó el proyecto, destacó que la norma es comprensible y específica dentro del ámbito penal.
La norma de Sinaloa establece que, en este contexto, se entiende por inteligencia artificial a las aplicaciones, programas o tecnologías que analizan fotos, audios o videos y permiten hacer modificaciones automáticas a esos materiales. De esta manera, se sancionan las conductas de crear contenidos falsos con apariencia real, para ser distribuidos por medios electrónicos sin el consentimiento expreso de la persona afectada. Esta medida busca combatir una de las formas más insidiosas de violencia digital, que ha aumentado en los últimos años con el avance de las tecnologías de manipulación de imágenes y videos.
El único voto disidente fue el del ministro Alberto Pérez Dayán, quien consideró que, incluso si se elimina la mención a la inteligencia artificial, el delito seguiría siendo aplicable y no afectaría la claridad del marco legal. Además de sancionar el uso de IA para crear deepfakes sexuales, el Código Penal de Sinaloa también establece penas de prisión de 6 meses a 2 años para quienes tomen fotografías, videos o audios de contenido sexual sin el consentimiento de la persona involucrada. Con este fallo, la SCJN ha marcado un precedente importante en la lucha contra el abuso tecnológico y la protección de la intimidad en el ámbito digital.